Conoce las nuevas regulaciones de la Cofepris en cuanto a cannabis medicinal en México
Por DiosaVerde.org
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), hizo público un nuevo control sanitario para la marihuana y sus derivados. El documento, con 50 artículos, define los lineamientos para comercialización, empleo y cultivo con fines medicinales y científicos. Asimismo, el reglamento incluye las sugerencias que realizó la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
A pesar de que el cannabis medicinal fue legalizado en todo el territorio mexicano, el proceso que define sus regulaciones presenta un serio rezago. La nueva legislación que permite su uso como auxiliar para tratamientos médicos, entró en vigor en abril de 2017. A más de un año de este suceso, el lunes pasado, el comisionado Julio Sánchez y Tépoz, manifestó en conferencia de prensa la publicación de un documento con los criterios sanitarios que autorizan comercializar, exportar e importar de productos para uso industrial que contengan o sean derivados de marihuana.
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“Hablamos de los productos industriales en general… de los alimentos, bebidas alcohólicas o no alcohólicas, remedios herbolarios, y permisos de importación y exportación”, detalló. Estos productos derivados o con cannabis, no deben superar uno por ciento de THC (tetrahidrocannabinol).
El documento reglamenta también la publicidad y promoción de productos con marihuana, las regulaciones de verificación, seguridad y sanciones aplicables en caso de infringir sus lineamientos.
Los interesados en comercializar este tipo de productos o promocionarlos, deberán presentar un oficio ante la Cofepris, llamado “consulta de clasificación del producto”, donde será necesario estipular particularidades y certificado de análisis a fin de confirmar que los ingredientes en efecto sean los que correspondan al producto y el porcentaje de THC declarado en la etiqueta.
Asimismo, se llevarán a cabo foros de capacitación sobre tarifas y cómo llenar los formatos correspondientes para obtener licencias relacionadas a los productos con o derivados de marihuana.
“Todos los productos estarán revisados con los mejores estándares que ya aplica la Cofepris”, agregó el comisionado.
Por otra parte, señaló que no será posible conceder licencia para cultivos, siembra y cosecha en casos de la industria del cosmético, suplementos alimenticios, alimentos o bebidas.
Cabe mencionar que hasta el día de hoy, la Cofepris cuenta con 351 permisos para importación personal e individual de pacientes que requieren productos con cannabis.
En cuanto al uso recreativo, Tépoz puntualizó que la Cofepris no puede otorgar licencias, a menos que la solicitud sea ordenada por un juez. La comisión ha otorgado 10 permisos que facultan a sus beneficiarios para sembrar, cosechar y cultivar cannabis en sus domicilios, con prohibición de venta hacia terceros.
Sin embargo, el comisionado reconoció que actualmente 615 solicitudes para uso recreativo están pendientes en diferentes procesos.
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Fuentes: Cofepris, El Universal,